CONCEJO MUNICIPAL DE MAIRANA 3ra. Seccion Provincia Florida Santa Cruz - Bolivia Plaza Principal, Acera Este Nº 28 Tele/Fax: 948-2225
RECIBIDO G.A.M.M. (sello de recepcion del Ejecutivo Municipal)
LEY MUNICIPAL Nº 08/2021 De fecha 08 de junio de 2021
LEY MODIFICATORIA A LA LEY MUNICIPAL Nº 07/2021 DE USO OBLIGATORIO DE BARBIJO Y DESINFECCION
VISTOS:
Que, en fecha 01 de junio de 2021 el Concejo Municipal de Mairana aprueba la Ley Municipal Nº 07/2021 de Uso Obligatorio de Barbijo y Desinfeccion, remitiendo la misma ante el Ejecutivo Municipal, conforme lo establecido por el articulo 43 de la Carta Organica Municipal.
Que en fecha 04 de junio de 2021 mediante oficio GAMM/ALE-OF Nº54/2021, el Ejecutivo Municipal remite ante el Concejo Municipal de Mairana, conclusiones arribadas durante la reunion efectuada en fecha 02 de junio de 2021 con el Centro de Operaciones de Emergencias Municipales - COEM.
CONSIDERANDO:
Que, el articulo 43 parrafos I y II de la Carta Organica Municipal disponen que "Las leyes municipales se remitiran al Alcalde o Alcaldesa Municipal de Mairana para su promulgacion o veto. Alcalde o Alcaldesa Municipal dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion. Si las observaciones son admitidas, el Concejo Municipal de Mairana modificara la Ley Municipal conforme a estas y la devolvera al Alcalde o Alcaldesa para su promulgacion."
Que, en Sesion Ordinaria de fecha 08 de junio de 2021 el pleno del Concejo Municipal, pone a consideracion las observaciones a la Ley Municipal efectuadas por el Ejecutivo Municipal mediante oficio GAMM/ALE-OF Nº54/2021, aprobandose la modificacion del articulo 8 de la misma conforme las observaciones señaladas.
Por cuanto el H. Concejo Municipal de Mairana, ha sancionado la siguiente Ley:
DECRETA:
LEY MODIFICATORIA A LA LEY MUNICIPAL Nº 07/2021 DE USO OBLIGATORIO DE BARBIJO Y DESINFECCION
Articulo 1º.- OBJETO.- La presente Ley Municipal tiene por objeto modificar la Ley Municipal Nº 07/2021 de Uso Obligatorio de Barbijo y Desinfeccion, aprobada el 01 de junio de 2021.
Articulo 2º.- MODIFICACIONES.- Se modifica el articulo 8, quedando redactado de la siguiente manera:
Articulo 8º. SANCIONES.- Las sanciones seran de tipo administrativas.
I. Las actividades economicas publicas y privadas, incluidas el transporte publico y los centros de abastecimiento que permitan la asistencia personas sin el uso del barbijo seran sancionadas con las siguientes medidas:
a) Faltas Leves: Llamada de atencion emitida por la Direccion Municipal correspondiente.
b) Faltas Graves: Cierre temporal de actividades por 15 dias, segun procedimiento establecido en el reglamento.
c) Faltas Gravisimas: Cierre temporal de actividades por 30 dias, segun procedimiento establecido en el reglamento.
II. Las personas naturales que sean sorprendidas sin el uso del barbijo en lugares publicos, se les conminara el uso adecuado del mismo. Si estas estuvieran en ambientes cerrados, se impondran las sanciones administrativas de trabajo comunitario y/o de servicio a la comunidad segun lo establecido en el reglamento.
DISPOSICION ADICIONAL
Unica.- El Organo Ejecutivo Municipal en un plazo maximo de diez (10) dias habiles, a partir de la promulgacion, reglamentara la presente Ley.
Remitase al Organo Ejecutivo Municipal para su promulgacion y publicacion.
Es dada en las instalaciones del Salon de Sesiones del Concejo Municipal de Mairana, a los ocho (08) dias del mes de junio del año dos mil veintiuno.
Sr. Gilbert Tapia Cordova PDTE. DEL H. CONCEJO MUNICIPAL DE MAIRANA
Sra. Candida Barrientos Torres STRIA. DEL H. CONCEJO MUNICIPAL DE MAIRANA
Aprobado por 5 Concejales: Roler Guzman Candida Barrientos Elva Rosales Mirian Chura Gilbert Tapia
(Sello: CONCEJO MUNICIPAL - MAIRANA - PROV. FLORIDA)
--- PROMULGACION ---
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE MAIRANA 3ra. Seccion Provincia Florida Plaza Principal, Acera Este Nº 28 - Telf./Fax: 948-2041 Santa Cruz - Bolivia
Por tanto, promulgo LA LEY MUNICIPAL Nº 07/2021 y la LEY MUNICIPAL Nº 08/2021, para que se tenga y cumpla como Ley Municipal del Gobierno Autonomo Municipal de Mairana, a los quince dias del mes de junio del año dos mil veintiuno.
HONORABLE ALCALDESA MUNICIPAL DE MAIRANA (firma y sello de la Alcaldia Municipal de Mairana)
(Sello de recepcion: CONCEJO MUNICIPAL - RECIBIDO)