GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE MAIRANA 3ra. Sección Provincia Florida Plaza Principal, Acera Este N° 28 - Telf/Fax: 948-2041 Santa Cruz - Bolivia
LEY MUNICIPAL N° 17/2021
DE CONMEMORACIÓN A LA FUNDACIÓN DEL MUNICIPIO DE MAIRANA
De fecha 14 de Septiembre del 2021
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado, en su art. 283 señala que: "El gobierno autónomo municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias; y un órgano ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde..."
Que, la Carta Orgánica del Municipio de Mairana en su art. 9 parágrafo I, señala que "El Gobierno Autónomo Municipal de Mairana está constituido por un Concejo Municipal y un Órgano Ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde Municipal. Disponiendo además a través del art. 25 numeral 1 que el Concejo Municipal de Mairana tiene la atribución de "...Dictar y aprobar leyes, resoluciones municipales y reglamentaciones internas..."
Que, el Decreto Supremo N° 411, de 27 de enero de 2010, en su artículo único, parágrafo III indica que los actos cívicos de conmemoración de la fundación de las ciudades y capitales de Municipios en los respectivos Departamentos deben adecuarse a cargo de los Gobiernos Municipales Autónomos correspondientes.
Que, el 24 de septiembre de 1.810 Santa Cruz da el primer paso hacia su independencia en el proceso de emancipación del yugo español pues se llevó a cabo un Cabildo Abierto donde se nombró la Junta Gubernamental y se destituyó al representante de la Corona Española en Santa Cruz. Idea bajo la cual a su vez después de la independencia y consolidación de la República de Bolivia, Manuel Eusebio del Prado funda Mairana el 24 de septiembre de 1875, bajo la protección de la Virgen del Carmen como patrona del pueblo con los ideales de libertad, justicia, dignidad y seguridad.
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 1293 para la Prevención, Contención y Detención a la Infección por el Coronavirus (COVID-19), en su artículo 1 declara de interés y prioridad nacional, las actividades, acciones y medidas necesarias para la prevención, contención y tratamiento de infección por el Coronavirus (COVID-19). De igual manera a través del artículo 8 señala que todos los estantes y habitantes del Estado Plurinacional de Bolivia, tienen el deber y la obligación de cumplir los protocolos y normas de bioseguridad para prevenir el contagio de la infección por el Coronavirus (COVID-19).
Que, el Decreto Supremo N° 4404, de 28 de noviembre de 2020, establece protocolos y medidas de bioseguridad, medidas para el Sistema Nacional de Salud, actividades económicas, jornada laboral y otras, para proteger la salud y la vida de la población ante la pandemia de la COVID-19, en la etapa de recuperación y preparación ante un eventual incremento de casos. Así también en su artículo 5 dispone que la población en general deberá cumplir con medidas de bioseguridad orientadas a la prevención y contención de contagios del COVID-19.
Que, en fecha 01 de junio de 2021 el Concejo Municipal de Mairana aprueba la Ley Municipal N° 072/2021 de Uso Obligatorio del Barbijo y Desinfección, misma que tiene por finalidad velar por la protección de la vida y salud de todos los estantes y habitantes del Municipio de Mairana, a través de la implementación de medidas de prevención y protección para evitar la propagación del COVID – 19 de modo que prevalezcan las acciones responsables de los ciudadanos.
Que, el Honorable Concejo Municipal de Mairana en Sesión Ordinaria de fecha 14 de septiembre de 2021 por las connotaciones históricas reconoce el 24 de septiembre como un feriado municipal con suspensión de actividades públicas y privadas, exceptuando los servicios de emergencia médica.
POR TANTO:
El Honorable Concejo Municipal de Mairana Tercera Sección Municipal de la Provincia Florida del Departamento de Santa Cruz, en uso de las facultades previstas en la Constitución Política del Estado, Ley Marco de Autonomías y Descentralización, Carta Orgánica Municipal de Mairana y normas conexas,
DECRETA:
LEY MUNICIPAL DE CONMEMORACIÓN A LA FUNDACIÓN DEL MUNICIPIO DE MAIRANA
Artículo 1°. OBJETO. – La presente Ley Municipal tiene por objeto conmemorar la Fundación del Municipio de Mairana y la Gesta Libertaria del Departamento de Santa Cruz a celebrarse en fecha veinticuatro (24) de septiembre de cada año.
Artículo 2°. EMBANDERAMIENTO. – El Gobierno Autónomo Municipal de Mairana dispone el embanderamiento con las banderas patrias Bolivia, Whipala, Patujú, Crucefia y Mairaneña en todas y cada una de las viviendas, oficinas e instituciones públicas y privadas en la Jurisdicción del Municipio de Mairana durante todo el mes de septiembre.
Artículo 3°. ACTOS CONMEMORATIVOS. – Con la finalidad de realizar los actos de conmemoración por las efemérides municipales se dispone la realización de Actos Cívicos con entrega de ofrendas florales por parte de las Autoridades Municipales, Organizaciones Sociales e Instituciones del Municipio de Mairana, cumpliendo con todas las medidas de bioseguridad.
Artículo 4°. FERIADO. – Se reconoce como feriado el 24 de septiembre de cada año con suspensión de actividades públicas y privadas exceptuando los servicios de emergencia médica.
Artículo 5°. PROHIBICIONES. – Queda terminantemente prohibido: a) El estacionamiento y circulación de Vehículos Motorizados en la Plaza Principal 24 de septiembre de Mairana durante la jornada del 24 de septiembre de horas 07:00 a.m. a 16:00 p.m. b) El expendio de bebidas alcohólicas durante la realización de los Actos Cívicos conmemorativos a la Fundación del Municipio de Mairana y la Gesta Libertaria del Departamento de Santa Cruz.
Artículo 6°. EJECUCIÓN. – El Órgano Ejecutivo Municipal, queda encargado de la difusión, cumplimiento y ejecución de la presente Ley Municipal.
Remítase al Órgano Ejecutivo Municipal para su promulgación y publicación.
Es dada en las instalaciones del Salón de Sesiones del Concejo Municipal de Mairana, a los catorce (14) días del mes de septiembre del dos mil veintiuno.
Sr. Gilbert Tapia Córdova PRESIDENTE HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE MAIRANA
Sra. Cristina Banderas Torres SECRETARIA HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE MAIRANA
Aprobado por 9 Concejales: Asler Guzmán Carolina Barrientos Flavio Téran Elve Rosales Gilbert Tapia
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GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE MAIRANA 3ra. Sección Provincia Florida Plaza Principal, Acera Este N° 28 - Telf/Fax: 948-2041 Santa Cruz - Bolivia
Por tanto, promulgo la Ley Municipal N° 17/2021 para que se tenga y cumpla como Ley Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Mairana, a los catorce (14) días del mes de septiembre de dos mil veintiuno.
Lic. Ana Mendoza Aguilera HONORABLE ALCALDESA MUNICIPAL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE MAIRANA